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🛡️ Marco legal sancionatorio, estándares GAFI y tipologías de LA/FT (casos prácticos)

TEMA 10. Marco legal sancionatorio, estándares GAFI y tipologías de LA/FT (casos prácticos)

El sistema colombiano de prevención del lavado de activos y de la financiación del terrorismo (LA/FT) descansa sobre tres pilares de responsabilidad: el penal (Ley 599 de 2000), el administrativo (Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, EOSF, y supervisión de la Superintendencia Financiera) y el disciplinario o autorregulatorio (AMV en el mercado de valores). A ello se suma el estándar internacional del GAFI/FATF, que orienta toda la normativa nacional.

Tipos penales: lavado de activos y financiación del terrorismo

El lavado de activos es un tipo penal autónomo: no se requiere condena previa por el delito fuente para condenar por lavado; basta la inferencia razonable sobre la procedencia ilícita de los bienes. La diferencia clave entre ambos delitos es el origen ilícito de los recursos en el LA frente al destino ilícito en la FT, donde los fondos pueden incluso tener origen lícito.

Ley 1121 de 2006

La Ley 1121 de 2006 dicta normas para la prevención, detección, investigación y sanción de la financiación del terrorismo. Refuerza el papel de la UIAF y dispone que, en los asuntos de su competencia, no son oponibles las reservas bancaria, cambiaria, bursátil ni tributaria.

Las 40 Recomendaciones del GAFI

El GAFI/FATF emite 40 Recomendaciones, organizadas en siete grupos (A–G): políticas y coordinación, lavado de activos y decomiso, financiamiento del terrorismo y de la proliferación, medidas preventivas, transparencia y beneficiario final, facultades de las autoridades, y cooperación internacional. Colombia participa a través de GAFILAT. Recomendaciones esenciales:

Tipologías de LA/FT (casos prácticos)

Una tipología es la descripción de las técnicas usadas para dar apariencia de legalidad a fondos ilícitos. Las más frecuentes identificadas por la UIAF son:

Régimen sancionatorio y ética

El art. 102 del EOSF (Decreto 663 de 1993) impone a las entidades vigiladas adoptar mecanismos de prevención, y el art. 107 habilita a la SFC a imponer sanciones administrativas (de carácter institucional a la entidad y personal a administradores y funcionarios) sin perjuicio de las consecuencias penales. En el mercado de valores, el Autorregulador del Mercado de Valores (AMV) ejerce la función disciplinaria y promueve la conducta ética mediante su estándar ETIC-001, que exige actuar con integridad y transparencia y no tolerar conductas contrarias a los valores éticos. El oficial de cumplimiento debe desempeñar sus funciones con independencia, objetividad e integridad.

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Preguntas de muestra (35)

1. ¿En qué artículo del Código Penal colombiano (Ley 599 de 2000) está tipificado el delito de lavado de activos?

  1. Art. 323
  2. Art. 345
  3. Art. 102
  4. Art. 326

El lavado de activos se tipifica en el art. 323 de la Ley 599 de 2000, que sanciona a quien adquiera, resguarde, invierta, transporte, transforme, custodie o administre bienes de origen ilícito, o les dé apariencia de legalidad.

2. Según el art. 323 de la Ley 599 de 2000, ¿cuál de las siguientes conductas configura lavado de activos?

  1. Únicamente transportar dinero en efectivo entre ciudades
  2. Adquirir, invertir, transformar o custodiar bienes con origen en ciertas actividades delictivas, o darles apariencia de legalidad
  3. Solo abrir cuentas bancarias a nombre de terceros
  4. Exclusivamente exportar mercancías sin pagar tributos aduaneros

El art. 323 describe un tipo penal amplio: incurre quien adquiera, resguarde, invierta, transporte, transforme, almacene, conserve, custodie o administre bienes con origen mediato o inmediato en actividades delictivas, o les dé apariencia de legalidad, los oculte o encubra su origen ilícito.

3. ¿Cuál de los siguientes figura expresamente como delito fuente (subyacente) del lavado de activos en el art. 323 de la Ley 599 de 2000?

  1. Lesiones personales culposas
  2. Injuria y calumnia
  3. Tráfico de drogas, extorsión y financiación del terrorismo
  4. Inasistencia alimentaria

El art. 323 enumera como delitos fuente, entre otros: tráfico de migrantes, trata de personas, extorsión, enriquecimiento ilícito, secuestro extorsivo, rebelión, tráfico de armas, financiación del terrorismo, tráfico de drogas, delitos contra el sistema financiero, contra la administración pública, contrabando y los ejecutados bajo concierto para delinquir.

4. Conforme al art. 323 de la Ley 599 de 2000 (modificado por el art. 11 de la Ley 1762 de 2015), ¿cuál es la pena de prisión vigente para el lavado de activos?

  1. De cuatro (4) a ocho (8) años
  2. De diez (10) a treinta (30) años
  3. De trece (13) a veintidós (22) años
  4. De seis (6) a doce (12) años

La pena vigente del lavado de activos (art. 323, modificado por el art. 11 de la Ley 1762 de 2015) es prisión de diez (10) a treinta (30) años y multa de mil (1.000) a cincuenta mil (50.000) SMLMV.

5. ¿Cuál es el rango de multa previsto para el lavado de activos en el art. 323 de la Ley 599 de 2000 (modif. Ley 1762 de 2015)?

  1. De 100 a 1.000 SMLMV
  2. De 1.300 a 15.000 SMLMV
  3. De 1.000 a 50.000 SMLMV
  4. De 500 a 5.000 SMLMV

El art. 323 (modificado por el art. 11 de la Ley 1762 de 2015) fija, además de prisión de 10 a 30 años, multa de mil (1.000) a cincuenta mil (50.000) SMLMV.

6. ¿Qué significa que el lavado de activos del art. 323 de la Ley 599 de 2000 sea un tipo penal autónomo?

  1. Que solo puede investigarse junto con el delito fuente en un mismo proceso
  2. Que para condenar no se requiere sentencia previa que declare el delito fuente; basta la inferencia razonable sobre el origen ilícito de los bienes
  3. Que la pena se impone automáticamente sin proceso penal
  4. Que solo lo puede juzgar la Superintendencia Financiera

El lavado de activos es un tipo penal autónomo: para condenar no se requiere una sentencia previa que declare la existencia del delito fuente; basta la inferencia razonable, dentro del proceso penal, sobre la procedencia ilícita de los bienes (carácter autónomo desde la Ley 365 de 1997).

7. La Fiscalía imputa lavado de activos a un cliente de un banco, pero la defensa alega que aún no existe sentencia condenatoria por el delito de tráfico de drogas (delito fuente). Conforme al art. 323 de la Ley 599 de 2000, ¿es viable condenar por lavado de activos?

  1. No, porque siempre se requiere sentencia previa que declare el delito fuente
  2. Sí, porque el tipo es autónomo y basta la inferencia razonable sobre la procedencia ilícita de los bienes
  3. No, porque el lavado solo se sanciona vía administrativa por la SFC
  4. Sí, pero solo si el delito fuente se cometió en el exterior

Por el carácter autónomo del tipo penal del art. 323, no se requiere sentencia previa que declare la existencia del delito fuente; basta la inferencia razonable, en el proceso penal, sobre la procedencia ilícita de los bienes. Por ello sí es viable condenar.

8. Según el parágrafo del art. 323 de la Ley 599 de 2000, ¿en qué proporción se aumentan las penas cuando la conducta la desarrollan jefes, administradores o encargados de una organización dedicada al lavado?

  1. De una tercera parte a la mitad
  2. De la mitad a las tres cuartas partes
  3. Al doble
  4. En una cuarta parte

El parágrafo del art. 323 prevé que las penas se aumentan de una tercera parte a la mitad cuando la conducta la desarrolle quien pertenezca a una persona jurídica u organización dedicada al lavado, y de la mitad a las tres cuartas partes cuando la desarrollen jefes, administradores o encargados de dichas organizaciones.

9. De acuerdo con el parágrafo del art. 323 de la Ley 599 de 2000, ¿cuánto se aumentan las penas cuando la conducta la desarrolla quien pertenece a una persona jurídica u organización dedicada al lavado (sin ser jefe o administrador)?

  1. De una tercera parte a la mitad
  2. De la mitad a las tres cuartas partes
  3. En una sexta parte
  4. No hay agravación en ese caso

El parágrafo del art. 323 establece que las penas se aumentan de una tercera parte a la mitad cuando la conducta la desarrolle quien pertenezca a una persona jurídica u organización dedicada al lavado de activos.

10. En el Capítulo V del Título X de la Ley 599 de 2000 se ubican delitos conexos al lavado. ¿Cuál de estos corresponde al art. 325?

  1. Testaferrato
  2. Omisión de control
  3. Circunstancias específicas de agravación
  4. Financiación del terrorismo

En el Capítulo V del Título X se ubican: omisión de control (art. 325), testaferrato (art. 326) y circunstancias específicas de agravación (art. 324). Por tanto, el art. 325 corresponde a la omisión de control.

11. ¿Qué delito conexo al lavado de activos tipifica el art. 326 de la Ley 599 de 2000?

  1. Omisión de control
  2. Testaferrato
  3. Enriquecimiento ilícito
  4. Concierto para delinquir

El art. 326 de la Ley 599 de 2000 tipifica el testaferrato, dentro de los delitos conexos al lavado del Capítulo V del Título X, junto con la omisión de control (art. 325) y las circunstancias específicas de agravación (art. 324).

12. ¿En qué artículo de la Ley 599 de 2000 se tipifica la financiación del terrorismo (FT)?

  1. Art. 323
  2. Art. 345
  3. Art. 102
  4. Art. 324

La financiación del terrorismo se tipifica en el art. 345 de la Ley 599 de 2000 (modificado por el art. 16 de la Ley 1453 de 2011).

13. Según el art. 345 de la Ley 599 de 2000, ¿qué conductas configuran la financiación del terrorismo?

  1. Solo recolectar fondos en efectivo dentro del país
  2. Proveer, recolectar, entregar, administrar o custodiar fondos o recursos, o realizar actos que financien o sostengan a grupos armados ilegales o actividades terroristas
  3. Únicamente transportar armas de fuego
  4. Solamente pertenecer a un partido político

El art. 345 sanciona a quien directa o indirectamente provea, recolecte, entregue, reciba, administre, aporte, custodie o guarde fondos, bienes o recursos, o realice cualquier acto que promueva, organice, apoye, mantenga, financie o sostenga económicamente a grupos de delincuencia organizada, grupos armados al margen de la ley o terroristas, o a actividades terroristas.

14. ¿Cuál es la pena de prisión prevista para la financiación del terrorismo en el art. 345 de la Ley 599 de 2000?

  1. De diez (10) a treinta (30) años
  2. De trece (13) a veintidós (22) años
  3. De cuatro (4) a ocho (8) años
  4. De seis (6) a doce (12) años

La pena de la financiación del terrorismo (art. 345) es prisión de trece (13) a veintidós (22) años y multa de mil trescientos (1.300) a quince mil (15.000) SMLMV.

15. ¿Cuál es el rango de multa previsto para la financiación del terrorismo en el art. 345 de la Ley 599 de 2000?

  1. De 1.000 a 50.000 SMLMV
  2. De 1.300 a 15.000 SMLMV
  3. De 100 a 1.000 SMLMV
  4. De 5.000 a 30.000 SMLMV

El art. 345 fija, además de prisión de 13 a 22 años, multa de mil trescientos (1.300) a quince mil (15.000) SMLMV para la financiación del terrorismo.

16. ¿Cuál es la diferencia conceptual esencial entre lavado de activos (art. 323) y financiación del terrorismo (art. 345) en cuanto al origen de los recursos?

  1. En ambos los recursos son siempre de origen ilícito
  2. En el LA los recursos tienen origen ilícito; en la FT pueden tener origen lícito o ilícito y lo determinante es su destino ilícito
  3. En la FT los recursos siempre son lícitos; en el LA siempre ilícitos
  4. No existe diferencia: son el mismo delito con distinto nombre

En el lavado de activos los recursos tienen origen ilícito y se busca darles apariencia de legalidad; en la financiación del terrorismo los recursos pueden tener origen lícito o ilícito, y lo determinante es su destino ilícito (financiar actividades o grupos terroristas).

17. Un cliente de una entidad financiera canaliza dinero proveniente de su salario (origen lícito) hacia una organización armada al margen de la ley. ¿Qué delito se configura conforme a la Ley 599 de 2000?

  1. Lavado de activos (art. 323), porque hubo movimiento de dinero
  2. Financiación del terrorismo (art. 345), porque lo determinante es el destino ilícito de los recursos, aunque su origen sea lícito
  3. Ningún delito, porque el dinero era lícito
  4. Omisión de control (art. 325)

En la financiación del terrorismo los recursos pueden tener origen lícito o ilícito; lo determinante es el destino ilícito (financiar o sostener grupos o actividades terroristas). Canalizar dinero lícito hacia un grupo armado al margen de la ley configura el art. 345.

18. Según la UIAF, ¿qué es una tipología de LA/FT?

  1. Un tipo penal del Código Penal
  2. La clasificación y descripción de las técnicas usadas por organizaciones criminales para dar apariencia de legalidad a fondos ilícitos y trasladarlos
  3. Una sanción administrativa de la SFC
  4. Un umbral de reporte de operaciones en efectivo

Una tipología es la clasificación y descripción de las técnicas utilizadas por las organizaciones criminales para dar apariencia de legalidad a fondos de origen ilícito y trasladarlos.

19. ¿En qué consiste la tipología conocida como pitufeo (estructuración o 'smurfing')?

  1. Constituir sociedades de papel para simular ventas inexistentes
  2. Fraccionar grandes sumas en múltiples operaciones de menor cuantía, a nombre de uno o varios sujetos, para evitar umbrales de reporte y controles
  3. Sobrefacturar exportaciones de mercancías
  4. Usar testaferros para ocultar la propiedad de bienes

El pitufeo (estructuración o 'smurfing') consiste en fraccionar grandes sumas en múltiples operaciones de menor cuantía, a nombre de uno o varios sujetos, para evitar umbrales de reporte y controles.

20. En un banco se detecta que diez personas distintas consignan, en una misma semana, sumas en efectivo justo por debajo del umbral de reporte, y luego transfieren los fondos a una misma cuenta. ¿Qué tipología se evidencia?

  1. Empresa fachada
  2. Pitufeo (estructuración o 'smurfing')
  3. Sobrefacturación de importaciones
  4. Contrabando

El fraccionamiento de grandes sumas en múltiples operaciones de menor cuantía, a nombre de varios sujetos y por debajo de umbrales, para evitar controles y reportes, corresponde a la tipología de pitufeo (estructuración o 'smurfing').

21. ¿Qué caracteriza a la tipología de 'empresas fachada' (de papel)?

  1. Sociedades reales con alta producción que pagan todos sus impuestos
  2. Sociedades constituidas para simular ingresos por ventas de bienes o servicios que en realidad no se prestan, usadas para ocultar y transformar activos ilícitos
  3. Cuentas anónimas en el exterior
  4. Operaciones de microcrédito a campesinos

Las empresas fachada (de papel) son sociedades constituidas para simular ingresos por ventas de bienes o servicios que en realidad no se prestan, usadas como vehículo de ocultamiento y transformación de activos ilícitos.

22. Una sociedad recién constituida, sin empleados ni establecimiento, registra altos depósitos por supuestas 'ventas de servicios de consultoría' que no puede sustentar con contratos ni soportes. ¿Qué tipología sugiere este caso?

  1. Pitufeo
  2. Empresa fachada (de papel)
  3. Personas Expuestas Políticamente
  4. Operación cambiaria legítima

Una sociedad que simula ingresos por ventas de servicios que en realidad no presta, sin soportes ni estructura operativa, corresponde a la tipología de empresa fachada (de papel), usada para ocultar y transformar activos ilícitos.

23. ¿Cuál de las siguientes es una tipología de LA/FT frecuente en Colombia según la UIAF?

  1. Uso de testaferros y exportaciones/importaciones ficticias con sobre o subfacturación
  2. Pago puntual de la nómina mensual
  3. Apertura de un CDT con recursos del cesante
  4. Compra de vivienda con crédito hipotecario verificado

Entre las tipologías frecuentes en Colombia están el uso de testaferros, las exportaciones/importaciones ficticias o con sobre/subfacturación, el contrabando y el uso de operaciones en efectivo por debajo de umbrales.

24. Una empresa exportadora declara ventas al exterior por valores muy superiores al precio real de la mercancía, para justificar el ingreso de divisas. ¿Qué tipología de LA se evidencia?

  1. Pitufeo
  2. Sobrefacturación de exportaciones (operación ficticia / sobre o subfacturación)
  3. PEP
  4. Omisión de control

Declarar exportaciones por valores superiores al real para justificar el ingreso de divisas corresponde a las tipologías de exportaciones/importaciones ficticias o sobre/subfacturación, frecuentes en Colombia según la UIAF.

25. Un narcotraficante registra varios inmuebles y vehículos a nombre de un familiar sin capacidad económica, quien aparece como dueño formal. ¿Qué tipología y delito conexo se evidencian?

  1. Pitufeo / omisión de control (art. 325)
  2. Uso de testaferros / testaferrato (art. 326 Ley 599 de 2000)
  3. Empresa fachada / financiación del terrorismo (art. 345)
  4. Contrabando / agravación (art. 324)

Registrar bienes a nombre de un tercero (familiar sin capacidad económica) para ocultar la verdadera propiedad corresponde a la tipología de uso de testaferros, conducta que se relaciona con el delito de testaferrato del art. 326 de la Ley 599 de 2000.

26. Un asesor comercial de un banco, sabiendo que un cliente trae dinero de extorsión, le ayuda a invertirlo en productos financieros para darle apariencia de legalidad. ¿Qué delito comete el asesor conforme a la Ley 599 de 2000?

  1. Ningún delito, porque solo presta un servicio bancario
  2. Lavado de activos (art. 323), pues invierte bienes de origen ilícito para darles apariencia de legalidad
  3. Financiación del terrorismo (art. 345)
  4. Solo una falta administrativa ante la SFC

El art. 323 sanciona a quien invierta, transforme o administre bienes con origen en actividades delictivas (como la extorsión, delito fuente) o les dé apariencia de legalidad. El asesor que, conociendo el origen ilícito, ayuda a invertir los recursos incurre en lavado de activos.

27. ¿Cuál de las siguientes NO está enumerada como delito fuente del lavado de activos en el art. 323 de la Ley 599 de 2000?

  1. Trata de personas
  2. Secuestro extorsivo
  3. Lesiones culposas en accidente de tránsito
  4. Concierto para delinquir

El art. 323 enumera como delitos fuente, entre otros, la trata de personas, el secuestro extorsivo y los ejecutados bajo concierto para delinquir. Las lesiones culposas en accidente de tránsito no figuran como delito fuente del lavado.

28. El art. 345 de la Ley 599 de 2000 fue modificado por una ley posterior que reforzó el régimen contra la financiación del terrorismo. ¿Cuál es esa ley?

  1. Ley 1762 de 2015
  2. Ley 1453 de 2011 (art. 16)
  3. Ley 365 de 1997
  4. Ley 526 de 1999

El art. 345 de la Ley 599 de 2000 fue modificado por el art. 16 de la Ley 1453 de 2011, que amplió las conductas de financiación del terrorismo.

29. El carácter autónomo del tipo penal de lavado de activos en Colombia tiene su origen normativo en una ley anterior a la Ley 599 de 2000. ¿Cuál?

  1. Ley 526 de 1999
  2. Ley 365 de 1997
  3. Ley 1121 de 2006
  4. Ley 1453 de 2011

El carácter autónomo del tipo penal de lavado de activos rige en Colombia desde la Ley 365 de 1997, y se mantiene en el art. 323 de la Ley 599 de 2000.

30. ¿Cuál es el principal objetivo perseguido por quien emplea la tipología del pitufeo?

  1. Pagar más impuestos voluntariamente
  2. Evitar los umbrales de reporte y los controles mediante el fraccionamiento de las operaciones
  3. Constituir una sociedad real con empleados
  4. Reportar voluntariamente operaciones a la UIAF

El pitufeo busca evitar los umbrales de reporte y los controles, fraccionando grandes sumas en múltiples operaciones de menor cuantía a nombre de uno o varios sujetos.

31. En una entidad financiera se identifica a un cliente que recibe fondos de origen claramente ilícito (producto de secuestro extorsivo) y los reinvierte en bienes raíces para 'limpiarlos'. ¿Qué delito se configura principalmente?

  1. Financiación del terrorismo (art. 345), por el destino de los fondos
  2. Lavado de activos (art. 323), por el origen ilícito y la búsqueda de apariencia de legalidad
  3. Solo testaferrato (art. 326)
  4. Ningún delito penal, solo infracción administrativa

Cuando los recursos tienen origen ilícito (secuestro extorsivo es delito fuente) y se busca darles apariencia de legalidad reinvirtiéndolos, se configura el lavado de activos del art. 323, a diferencia de la FT, donde lo determinante es el destino.

32. ¿Qué regula el art. 324 de la Ley 599 de 2000 dentro del Capítulo V del Título X?

  1. La omisión de control
  2. El testaferrato
  3. Las circunstancias específicas de agravación del lavado
  4. La financiación del terrorismo

Dentro del Capítulo V del Título X de la Ley 599 de 2000, el art. 324 regula las circunstancias específicas de agravación, mientras que el art. 325 corresponde a la omisión de control y el art. 326 al testaferrato.

33. Un comerciante realiza de forma reiterada consignaciones en efectivo apenas por debajo del umbral, sin que su actividad declarada justifique tales montos. Según las tipologías UIAF, ¿qué patrón configura?

  1. Una operación normal sin relevancia para SARLAFT
  2. Uso de operaciones en efectivo por debajo de umbrales, técnica de fraccionamiento asociada al pitufeo
  3. Financiación de la proliferación de armas
  4. Una PEP extranjera

El uso reiterado de operaciones en efectivo por debajo de umbrales, sin justificación económica, es una de las tipologías frecuentes en Colombia y se asocia al fraccionamiento propio del pitufeo, según la UIAF.

34. El art. 323 de la Ley 599 de 2000 exige que los bienes objeto de lavado tengan origen mediato o inmediato en ciertas actividades delictivas. ¿Cómo se denominan esas actividades?

  1. Delitos fuente o subyacentes
  2. Operaciones sospechosas
  3. Tipologías de la UIAF
  4. Sanciones administrativas

Las actividades delictivas de las que provienen los bienes objeto de lavado se denominan delitos fuente o subyacentes; el art. 323 los enumera (tráfico de drogas, extorsión, trata de personas, etc.).

35. ¿Cuál es el objeto principal de la Ley 1121 de 2006 en Colombia?

  1. Crear el impuesto a las transacciones financieras
  2. Regular exclusivamente el secreto bancario en operaciones cambiarias
  3. Establecer el régimen de pensiones de los servidores públicos
  4. Dictar normas para la prevención, detección, investigación y sanción de la financiación del terrorismo

La Ley 1121 de 2006 dicta normas para la prevención, detección, investigación y sanción de la financiación del terrorismo y otras disposiciones. Fuente: Ley 1121 de 2006 (título/objeto).

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